Orden de la Bienaventurada Virgen María de la Merced para la Redención de los Cautivos.
DECRETO DE ERECCIÓN DEL CONVENTO "SAN SERAPIO" EN LA ARQUIDIÓCESIS METROPOLITANA DE MEDELLÍN, COLOMBIA.
“Después de esto, el Señor designó a otros setenta, y los envió de dos en dos delante de El, a toda ciudad y lugar adonde El había de ir. Y les decía: La mies es mucha, pero los obreros pocos; rogad, por tanto, al Señor de la mies que envíe obreros a su mies. Id; mirad que os envío como corderos en medio de lobos”.
Lucas 10, 1-3.
Hermanos muy amados, este versículo bíblico del evangelio de San Lucas nos refleja profundamente el sentido de la misión, es un recordatorio del la gran responsabilidad que tenemos como hijos de Dios y servidores de su iglesia. El Señor nos invita a tener en cuenta siempre que es necesario caminar unidos, sin distinción alguna, siempre caminando fraternalmente, siguiendo sus pasos y promoviendo su palabra, también el señor nos recuerda la gran importancia de pedir por trabajadores que por un mismo sentido esten al servicio de los demás, “los obreros son pocos”, “rueguen al señor para que envié obreros a sus mies”. Es importante siempre estar Orantes ante la gran necesidad de Vocaciones en nuestra iglesia, pues de eso depende la prevalencia de la misma.
Por último, es importante enfatiza en la última frase del Señor, “los envío como corderos en medio de lobos”. A medida es muy común ser atacados, calumniados y odiados por llevar el evangelio de Cristo a las naciones, sin embargo es importante estar bien fundamentados en quien nos envío a la misión, no hacer prevalecer el odio y rechazo, sino más bien, que prevalezca siempre el Amor, la humildad y la libertad.
Es por esto, amados mios que despues de un largo proceso de discernimiento, oración y trabajo, y considerado las grandes necesidades de nuestra comunidad religiosa, DECRETAMOS la erección del Convento de “San Serapio” en la Arquidiócesis Metropolitana de Medellín.
Definiendo lo siguiente:
1. La Orden de Nuestra Señora de la Merced establece su presencia en el territorio Arquidiocesano de Medellín, bajo la aceptación del Arzobispo Metropolitano del mismo.
2. Se asignara un convento en el cual los frayles podrán convivir, orar y descansar, asi como una parroquia en la cual puedan prestar su servicio en favor de la iglesia particular.
3. La Orden procurara que la misión en la misma sea guiada siempre por al menos dos (2) frayles mercedarios, uno de los cuales debe ser sacerdote.
4. Los nombramientos y traslados a nivel arquidiocesano seran realizados por el Arzobispo Primado, siempre de acuerdo a las indicaciones del Maestro General conforme a las normas del Código de Derecho Canónico y directrices pastorales de la iglesia.
5. Los frayles que sean enviados al trabajo del mismo territorio deberan prestar juramento de obediencia y aceptación a las directrices y normas del lugar donde permanezcan.
6. Este Decreto entrara en vigor a partir de la fecha de su publicación, derogando cualquiera de las disposiciones anteriores y/o disposiciones contrarias al mismo.
En el Amor de Cristo Redentor:
+ Fray Zuriel Arizmendi O. de M.
- Maestro General -
+ Mons. Fray Nadir Vega O. de M.
- Secretario General -
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(Documento Visado por el Consejo General de la Orden)
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